DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Superior del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito, de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara:
Primero: Sin Lugar el recurso de apelación interpuesto por la entidad mercantil Construcciones y Mantenimiento Syp, C.A., mediante Apoderado Judicial Abgogado Carlos Luciano Amaro; contra la Sentencia Interlocutoria, de fecha 13 de Abril de 2015, dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de este Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, que negó la medida cautelar de embargo preventivo solicitada contra la empresa demandada Sinohydro Corporation Limited, en el cuaderno de medidas GH31-X-2013-000005, asunto principal GP31-V-2013-000029.
SEGUNDO: Se Confirma la sentencia dict.....