DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto este Tribunal Superior del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: Se anula el auto del 27 de enero de 2016 (f.101) dictado por la a quo y, en donde se oye la apelación sobre la inadmisibilidad de la reconvención planteada, en un solo efecto y, se ordena al Juzgado Primero de Primera Instancia oír en ambos efectos la apelación interpuesta por la parte recurrente contra la sentencia interlocutoria con fuerza de definitiva dictada en fecha 19 de enero de 2016, que declaró inadmisible la reconvención planteada por la parte demandada en el expediente GP31-V-2015-000155, contentivo del juicio por Cumplimiento de Contrato. En consecuencia, se repone la causa al estado en que la Jueza de la primera instancia provea sobre la apelación ejercida .....