Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en la ciudad de Valencia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso procesal de apelación interpuesto por la parte demandada, ciudadano FRANK EDUARDO RAMIREZ VILLEGAS, titular de la cedula de identidad Nº V-7.925.297, debidamente asistido por el abogado CARLOS LUIS VERA SANCHEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 24.609. SEGUNDO: Se ordena al Juzgado Sexto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, que a solicitud de la parte interesada fije el lapso para el cumplimiento voluntario respecto a la entrega material del bien in.....