Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, actuando como Tribunal Constitucional en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 25-09-2018, por la ciudadana NADIA GEORGINA AZUZ GOITEZ, titular de la cedula de identidad Nº V-13.754.080, asistida por el abogado HECTOR DARIO PACHECO PEÑA, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 125.328, contra la sentencia interlocutoria dictada en fecha 19-09-2018, por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Valencia.- SEGUNDO: INADMISIBLE la acción de Amparo interpuesta en fecha 22-08-2018, por la ciudadana NADIA GEORGINA AZUZ GOITEZ, titular de la cedula de identidad Nº V-13.754.080, asistida por el abogado LUIS EDUARDO VILLEGAS, contra la medida provisional administrativa.....