Se SUSPENDE CONDICIONALMENTE EL PROCESO al acusado MARTIN LUIS DE LA SANTISIMA TRINIDAD MARVEZ RODRIGUEZ, de conformidad con lo establecido en los artículos 43, 44 y 45 del Código Orgánico Procesal Penal, por el lapso de UN (01) AÑO, a quien se le sigue causa por el tipo penal de VIOLENCIA PSICOLOGICA Y ACOSO U HOSTIGAMIENTO previsto y sancionado en el artículo 39 y 40 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia.