DECRETA LA EXTINCIÓN DELA ACCIÓN PENAL y en consecuencia DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al ciudadano ELVIS EDUARDO ECHEVERRRY RODRÍGUEZ, titular de la Cédula de Identidad No. 17.778.982, atendiendo a las previsiones de los artículos 48 ordinal 1° y 318 numeral 3°, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de que se ha extinguido la acción penal por la muerte del acusado de autos. Notifíquese a la víctima, a la defensa y al Ministerio Público.