DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, a favor del ciudadano RAMON ANTONIO MENDEZ GRANADILLO , titular de la Cédula de Identidad No. 3707.690, de conformidad con el Artículo 110 del Código Penal y Articulo 318 ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de encontrarse la acción evidentemente prescrita, en concordancia con el Articulo 48, ordinal 8º ejusdem y el articulo 108 ordinal 5º del Código Penal.