Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en función de Juicio con Competencia en Materia de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA a favor del ciudadano DAVID ANTONIO OLIVERO, arriba identificado, Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, contenida en el artículo 256, ordinal 9º del Código Orgánico Procesal Penal, dejando sin efecto la ORDEN DE CAPTURA Nº JV-011-09, acordada en fecha 21-04-09, remitida con oficio Nº JV-0319-09 de esa misma fecha. Ofíciese lo conducente. Notifíquese a la víctima y al Ministerio Público. Diarícese, publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión. CÚMPLASE.