CONDENA al ciudadano JOSE RAMON MIRANDA CARRERA, antes identificado, a cumplir la pena de NUEVE (09) MESES Y DIEZ (10) DIAS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de ACOSO U HOSTIGAMIENTO prevista y sancionada en el artículo 40 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, eximiéndolo