PASE A JUICIO. Vista la Acusación interpuesta por el Representante de la Fiscalía Trigesima (30°) del Ministerio Público del Estado Carabobo, en contra del ciudadano ALBERTO ALEJANDRO ARTEAGA DOUGLAS, por los delitos de VIOLENCIA PSICOLOGICA y ACOSO U HOSTIGAMIENTO previstos y sancionados en los articulo 39 y 40 de la Ley Organica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en virtud de que la misma cumple con los requisitos exigidos por el artículo 308 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia, este Tribunal pasa a dictar auto de apertura a juicio, cumpliendo con lo establecido en el artículo 314 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal.