En consecuencia de lo anterior, éste Juzgado Agrario Primero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo de conformidad con los artículos 02 "Estado Social y Democrático de Poder y Justicia", 07 "Supremacía Constitucional" y 26 "Tutela Judicial Efectiva", 51 "Derecho de Petición ante los órganos del estado venezolano" y 305 "Principio de Seguridad y Soberanía Alimentaria" de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con lo establecido en el artículo 197 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario y por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley ADMITE la presente demanda de NULIDAD DE TITULO SUPLETORIO; cuanto ha lugar en derecho se refiere; presentada por el ciudadano FRANCISCO HUMBERTO SANTANDER PIÑA debidamente asistido en este acto por la abogada ORIANA CRISTINA JIMÉNEZ MARTÍNEZ, ambos anteriormente identificados, en contra de la ciudadana EVA LUCIA JAIM.....