En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos, éste Juzgado Agrario Primero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Declara INADMISIBLE la Acción Reivindicatoria interpuesta por las abogadas en ejercicio Maria Katina Tiberio Sumoza y Marjorie del Valle Tariffe Suniaga, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-11.347.381 y V-7.076.451 en su orden, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 78.908 y 63.321, respectivamente; apoderadas judiciales de los ciudadanos PABLO JOSE PASTRAN CASTILLO, MARIA ELBA PASTRAN DE MIRANDA y GLADYS MARILU PASTRAN CASTILLO venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V-5.374.234, V-7.016.195 y V-7.016.196, respectivamente, de este domicilio.
SEGUNDO: NO HAY CONDENAT.....