Por las razones antes expuestas, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, actuando en Sede Constitucional, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
Primero: Con lugar la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano Omaira Josefina Chirinos Mencia, titular de la cédula de identidad número 11.356.866.
En fuerza de tal resolutoria, se ordena a Fundación Instituto Carabobeño para la Salud restablecer la situación jurídica infringida y, en consecuencia, cumplir cabal e inmediatamente la providencia administrativa 0657/2011 de fecha 30 de noviembre de 2011 dictada en el expediente administrativo 080-2010-01-01911 llevado por la Inspectoría del Trabajo "Valencia Sur" del estado Carabobo, a través de la cual se declara con lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos interpuesta por la ciudadana Omaira Josefina Chirinos Mencia, titular de la cédula de identidad n.....