Por las razones antes expuestas, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, actuando en Sede Constitucional, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por , titular de la cédula de identidad número 12.109.133.