En orden a los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en Valencia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano Apolinar José Guillén Castro, titular de la cédula de identidad número 7.965.580, quien ha referido actuar en representación de los ciudadanos Rubén Darío Contreras, Jesús Rincones, Luis Enrique González, Víctor Prieto, Erik Trejo, Néstor Veliz, Govanny Aldana, Orlando Oviedo, Carlos Luis Gómez, Eduardo Betancourt, Olivar Lamas, Livannys Solís, Víctor Reverón, Luis Ruíz, Rober Ramos, Euclides Sánchez y Hugo Muskus, a quienes señaló como agraviados en sus derechos y garantías constitucionales frente a los actos lesivos que denuncia adelantados por el ciudadano Daniel Ramón Carrasco Piñero.