DISPOSITIVA.
En orden a los razonamientos expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo; administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el Recurso de Nulidad intentado por la abogada de libre ejercicio YNES KARINA ESCOBAR ORTUÑO, IPSA Nº 255.661, en nombre y representación del ciudadano OSCAR ENRIQUE APONTE, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.092.543, en contra de la Providencia Administrativa Nº 203-2017, de fecha 05 de abril de 2017, contenida en el expediente Nº 028-2015-01-02210,dictado por la Inspectoría del Trabajo "BATALLA DE VIGIRIMA" de los Municipios Guacara, San Joaquín, Diego Ibarra y Los Guayos del estado Carabobo.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO.....