En orden a los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en Valencia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: SIN LUGAR la demanda incoada por el ciudadano JOSÉ ELÍAS HURTADO VALENCIA contra la empresa GHELLA SOGENE, C.A., ambas partes suficientemente identificadas en la narrativa del presente fallo.