Se dictó sentencia interlocutoria mediante la cual se admite la pretensión de nulidad de acto administrativo interpuesta por el abogado de libre ejercicio JOSÉ DAVID ROJAS ORTIZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 283.866, actuando con su carácter de Apoderado Judicial de la entidad de trabajo CORPORACIÓN INLACA, C.A., contra la Providencia Administrativa Nº S/N, de fecha 27/12/2018, emanada de la Inspectoría del Trabajo Cesar "Pipo" Arteaga del estado Carabobo, contenida en el expediente Administrativo número 080-2018-01-03148 y se declaró IMPROCEDENTE el amparo cautelar de los efectos de la Providencia Administrativa Nº S/N, de fecha 27/12/2018, emanada de la Inspectoría del Trabajo Cesar "Pipo" Arteaga del estado Carabobo, contenida en el expediente Administrativo número 080-2018-01-03148.