IMPROCEDENTE la IMPUGNACIÓN DE EXPERTICIA COMPLEMENTARIA DEL FALLO solicitada por la apoderada judicial de la parte actora por extemporáneo ya que han transcurrido 16 días hábiles desde la consignación de la experticia complementaria del fallo y que las partes están a derecho de conformidad con el Artículo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo de la Notificación única realizada para la audiencia preliminar sin necesidad de otra notificación máxime si se encuentra en etapa de Ejecución para darse por notificada de la experticia en el mismo momento de la impugnación. Así se decide.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias del JUZGADO UNDÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Valencia a los Doce(12) días del mes de Julio (2016). Años: 206° de la Independencia y 157 de la Federación. Publíquese, Regístrese y déjese copia de la presente decisión.
LA JU.....