este Juzgado Undécimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de esta Circunscripción Judicial en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR LA ACCIÓN INTENTADA, por la ciudadana: JOSE DIAZ contra la entidad de trabajo BRASILINDA C.A. y condena a éstas a:
• Reincorporar al trabajador despedido, a sus labores habituales que venia desempeñando al momento del despido.
• Pago de los Salarios Caídos, desde la fecha de la notificación (01 de agosto de 2007) hasta aquella en que se realice la incorporación efectiva del trabajador, a razón de DOSCIENTOS SENSENTA Y SEIS BOLIVARES CON SESENTA Y SEIS CENTIMOS diarios (Bs. 266,66 diarios), tal y como se desprende de los hechos alegados por el actor en su escrito libelar.