este juzgado en administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA, incoada por el ciudadano, MIGUEL EUGENIO CONTRERAS COVA, en contra de la empresa, TRANSPORTE MI DIEGO, C. A, en tal sentido la empresa deberá cancelar por concepto de prestaciones sociales la cantidad de SIETE MIL OCHOCIENTOS DIEZ BOLIVARES CON CINCUENTA Y CINCO CENTIMOS (Bs. 7.810,55), mas lo que resulte de la experticia complementaría del fallo, ASI SE DECLARA.