En consecuencia visto y revisados todos y cada unos de los conceptos reclamados por la actora en su escrito libelar, y en virtud de haberse acordados tales conceptos; este Juzgado Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley, Declara Con Lugar La Demanda, incoada por el ciudadano JORGE ELIECER BAZAN SANDOVAL, ya identificado, en contra de la entidad de trabajo CONSRUCTORA BETA PLC, C. A, deberá cancelar al trabajador la cantidad de DOSCIENTOS VEINTISIETE MIL TREINTA Y SIETE BOLIVARES CON NOVENTA Y CINCO CENTINMOS (Bs.227.037, 95), mas lo que resulte de la experticia complementaría del fallo, ASI SE DECLARA