En virtud de lo precedentemente expuesto, este Juzgado Décimo de Primera instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, 1º) HOMOLOGA la transacción celebrada entre el ciudadano, CESAR LORENZO SILVA TOVAR, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº 6.364.672, y la sociedad mercantil ALIMENTOS POLAR COMERCIAL, C.A., en los mismos términos y condiciones en ella establecidos, pasándola en autoridad de cosa juzgada 2º) ACUERDA la expedición de las copias certificadas de la presente transacción y 3°) ORDENA a la secretaria los trámites procesales correspondientes para el archivo del presente expediente.
ABG. JOSE GREGORIO KELZI TABBAN
Juez del Tribunal Décimo de Primera Instancia de S.M.E.
REPRESENTANTE LEGAL DE LA PARTE DEMANDANTE
REPRESENTANTE LEGAL DE LA PARTE DEMANDADA
ABG. DINA PRIMERA ROBERTIS.....