En virtud de lo precedentemente expuesto, este Juzgado Décimo de Primera instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción judicial del Estado Carabobo con sede en Puerto Cabello, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, 1º) HOMOLOGA la transacción celebrada entre la sociedad mercantil TRIPOLIVEN y La Sra. ALICIA JOSEFINA NAVAS DE POLANCO quien actúa en su carácter de legítima cónyuge del finado extrabajador, IVAN JOSE POLANCO ROMERO, quien era venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 8.608.497, y en nombre y representación de los hijos que tuvo con el finado extrabajador, identificados en la primera parte de la presente transacción; en los mismos términos y condiciones en ella establecidos, pasándola en autoridad de cosa juzgada; 2º) ORDENA a la secretaria los trámites procesales correspondientes para el archivo del presente expediente.
ABG. JOSE GREGORIO KELZI TABBAN
Juez del Tri.....