Este Juzgado Décimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución, tanto del nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, "DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO". Se deja constancia que por la empresa demandada TECNICA DE MECANIZACIÓN, C.A. (TECMECA) compareció a la audiencia su Apoderada Judicial Abogada HILDA AGREDA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Numero 78.877, según instrumento poder que corre agregado a los autos. Igualmente se hace constar que por parte de La Procuraduría de Trabajadores se presentó el Abogado JOSE CHAFIC BULOS SALEH, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 82.221, para la asistencia del trabajador, siendo que este último no compareció. Es todo.
Publíquese y Regístrese, la Presente decisión. 204 ° y 155 °
EL JUEZ
Abogado JOSE GREGORIO KELZI
.....