N° DE EXPEDIENTE: GP21-L-2014-000146
PARTE ACTORA: DIOGENES MENDOZA MIERES (NO COMPARECIÓ)
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: (NO COMPARECIÓ)
PARTE DEMANDADA: TECNICA DE MECANIZACIÓN, C.A. (TECMECA)
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: HILDA AGREDA.
MOTIVO: PRESTACIONES.

Hoy, 11 DE JULIO DE 2014, SIENDO LAS 10:00 A.M., día y hora fijado para que tenga lugar el INICIO DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR, se deja expresa constancia DE LA INCOMPARECENCIA DE LA PARTE DEMANDANTE CIUDADANO: DIOGENES MENDOZA MIERES, titular de la cédula de identidad Nº 20.145.706, ni por si, ni por medio de Apoderado Judicial alguno. Por lo que de conformidad, con lo previsto en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del trabajo, este Juzgado Décimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución, tanto del nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, “DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO”. Se deja constancia que por la empresa demandada TECNICA DE MECANIZACIÓN, C.A. (TECMECA) compareció a la audiencia su Apoderada Judicial Abogada HILDA AGREDA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Numero 78.877, según instrumento poder que corre agregado a los autos. Igualmente se hace constar que por parte de La Procuraduría de Trabajadores se presentó el Abogado JOSE CHAFIC BULOS SALEH, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 82.221, para la asistencia del trabajador, siendo que este último no compareció. Es todo.

Publíquese y Regístrese, la Presente decisión. 204 ° y 155 °

EL JUEZ

Abogado JOSE GREGORIO KELZI


LOS COMPARECIENTES





LA SECRETARIA

Abogada. DINA PRIMERA ROBERTIS