Este Juzgado Décimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución, tanto del nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, "DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO". Se deja constancia que por la empresa demandada RESTAURANT LA EMBAJADA, C.A., comparece su apoderada judicial Abogada IRIS ESTHER SANTANA, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 56.055, representación que consta según instrumento poder que corre inserto a los folios 20 al 23. Es todo.
Publíquese y Regístrese, la Presente decisión. 202 ° y 153 °
ABG. JOSE GREGORIO KELZI TABBAN
Juez del Tribunal Décimo de Primera Instancia de S.M.E.
APODERADA DE LA EMPRESA DEMANDADA
ABG. CARMEN VACCARO
Secretaria (Acc.)