DECISIÓN
Por todo lo antes expuesto, este JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, CON SEDE EN PUERTO CABELLO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda incoada por el ciudadano: MELVIN PADRÓN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 12.423.101, representado por el Abogado CARLOS RAFAEL JHONGE ZAVALA, inscrito en el Instituto de Previsión Social de Abogado bajo el No. 22.525, contra la entidad de trabajo ALCALDÍA DEL MUNICIPIO PUERTO CABELLO del estado Carabobo, todos plenamente identificados en autos, por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES. Y ASÍ SE DECIDE.
Publíquese y Regístrese.
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Juzgado Quinto de Primera Instancia de del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo-.....