DECISIÓN
Por todo lo anteriormente expuesto este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio Tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Sede Puerto Cabello. Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se declara: INCOMPETENTE, para conocer de la presente ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL, incoada por el ciudadano: GUSTAVO JOSÉ VILLEGAS JULIEN, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 4.002.743, en representación de sus propios derechos, contra el auto de fecha 12 de marzo de 2009, dictado por el Tribunal Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. Sede Puerto Cabello. Y ASÍ SE DECIDE.
PUBLÍ.....