DECISIÓN
En fundamento a lo anteriormente expuesto, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo-Sede Puerto Cabello, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara: Extinguido el proceso por incomparecencia de ambas partes a la audiencia oral y publica de juicio, en el proceso seguido por los ciudadanos EDGAR EDUARDO PARRA Y FRANKLIN NIANGEL SEQUERA NAVARRO, contra la Empresa TRANSPORTE FATIMA, C. A., por Cobro de diferencia de prestaciones sociales e indemnización por despido injustificado. Y ASÍ SE DECIDE.
Publíquese, regístrese, déjese copia para el archivo.
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo. Sede Puerto Cabello, a los diecinueve (19) días del mes de mayo del año Dos Mil Catorce (2014). Años 204º de la Independencia y 155º de.....