DECISIÓN
Por todo lo antes expuesto, este JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO TANTO DEL NUEVO RÉGIMEN COMO DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, con sede en Puerto Cabello, estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara INADMISIBLE, la presente acción de Amparo Constitucional incoada por JENRRY MANUEL OLIVEROS, representado por la Abogado: María Carolina Torres de Valdéz inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 156.098, contra la empresa MCM CONSTRUCIONES Y MONTAJES DE VENEZUELA, C. A., en virtud del incumplimiento de la parte recurrente al Despacho Saneador ordenado en fecha 13 de noviembre de 2012.Y ASÍ SE DECIDE.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio Tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Tran.....