DE LA HOMOLOGACIÓN
Este Tribunal en vista de que la conciliación ha sido totalmente positiva, procede a impartir la homologación respectiva de conformidad con la Constitución y las Leyes de la República, en consecuencia se por terminada la causa y se ordena su remisión al archivo de este Circuito Judicial de los Tribunales del Trabajo. Sede Puerto Cabello. Líbrese oficio.
Se acuerda expedir las copias certificada de la presente acta, solicitada por las partes.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. Sede Puerto Cabello.
Por la parte actora. Apoderado Judicial
MERBI DAVID BOLÍVAR RODRÍGUEZ. Abog. CARLOS RAFAEL JHONGE Z.
Por la parte demandada.
Abogada. HILDA M, AGREDA GALLANGO
La Jueza Quinta de Primera I.....