DECISIÓN.
Por todo lo anteriormente expuesto este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio Tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Sede Puerto Cabello. Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES, incoada por el ciudadano WANDER LAUREANO LÓPEZ, contra la Sociedad Mercantil UNIDAD EDUCATIVA "CRITÓBAL COLÓN", ambas partes plenamente identificadas en autos, en consecuencia el patrono deberá pagar de manera INMEDIATA la cantidad de Bs. Bs. 7.303,38 Más la cantidad resultante de la experticia complementaria del fallo.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA.
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Juzgado Quinto de Juicio de Primera Instancia Tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Pro.....