DECISIÓN
En orden al razonamiento antes expuesto, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo-Sede Puerto Cabello, actuando en sede Contencioso Administrativa y administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: INADMINISIBLE, el presente RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD CONJUNTAMENTE CON MEDIDA CAUTELAR DE SUSPENSIÓN DE EFECTOS, CONTRA LA PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA Nº 00081-2015 DICTADA EN FECHA 05 DE MARZO DE 2015, EXPEDIENTE Nº 049-2014-01-00147, incoado por el profesional del derecho Abogado CARLOS ALBERTO ROJAS SÁNCHEZ, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 12.754.189, y está debidamente inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No.95.991, actuando como apoderado judicial del INSTITUTO AUTÓNOMO MUNICIPAL PARA LA CULTURA DEL MUNICIPIO PUERTO CABELLO –IMACULT-. ASÍ SE DEC.....