DECISIÓN
Conforme a los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo - Puerto Cabello, actuando en sede Contencioso Administrativa, impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: ÙNICO: IMPROCEDENTE la solicitud de AMPARO CAUTELAR de suspensión de los efectos contra la Providencia Administrativa No. 00073-2019 de fecha 25 de abril de 2019, contenida en el expediente No. 049-2018-01-00213, emanado de la Inspectoría del Trabajo de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del estado Carabobo.
REGISTRESE, PUBLIQUESE Y DEJESE COPIA.
Dado, firmado y sellado en la Sala del Despacho del Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo-Sede Puerto Cabello, actuando en sede Contencioso Administrativa, a los siete (07) días del mes de enero de Dos Mil Vei.....