DECISIÓN
En orden a los razonamientos anteriormente expuestos este JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO-SEDE PUERTO CABELLO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY declara: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda, incoada por la ciudadana: YORLENY BESITMAR VILLARROEL RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad No. V-14.536.025, contra la entidad de trabajo INDIANAPOLIS, C.A., y en forma solidaria y personal al ciudadano SIMON ENRIQUE SALAZAR DÍAZ, todos suficientemente identificados en autos por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, Y DEMÁS BENEFICIOS LABORALES.
No hay condenatoria en costas a tenor de lo previsto en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
PUBLIQUESE, REGISTRESE.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo-Sede Puerto C.....