DECISIÓN
Por todo lo anteriormente expuesto este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio Tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. Sede Puerto Cabello. Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES LEGALES Y CONTRACTUALES, incoada por los ciudadanos: JOEL ENRIQUE MIJARES GRATEROL, TEOFILO PÁEZ y MARCOS A. ESPLUA CASTRO, contra la Sociedad Mercantil M.T.P. SERVICIOS GENERALES C. A., plenamente identificado en autos. Asimismo se declara SIN LUGAR la demanda por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES LEGALES Y CONTRACTURALES, incoada por los ciudadanos: JOEL ENRIQUE MIJARES GRATEROL, TEOFILO PÁEZ y MARCOS A. ESPLUA CASTRO con respecto a la CO-DEMANDADA, que lo es la Sociedad Mercanti.....