Este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control Audiencia y Medidas del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA EL ARCHIVO JUDICIAL DE LA PRESENTE ACTUACIÓN Y ORDENA EL CESE INMEDIATO DE TODA MEDIDA DE COERCIÓN PERSONAL, CAUTELAR O DE ASEGURAMIENTO impuestas al ciudadano GARCÍA REYES NELSON ELOY, de 23 años de edad, venezolano, natural de Maracay Estado Aragua, fecha de nacimiento 23-12-1986, estado civil Soltero, profesión u oficio Trabaja en Un autolovado, residenciado en el Urbanización, La pradera, Sector Los Bucares, Manzana D, Casa N° 104, Teléfono: 0426-7422384, Valencia Estado Carabobo, e igualmente el CESE DE SU CONDICION DE IMPUTADO respecto de la presente causa, de conformidad con lo prevenido en el artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 79 y 103 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a u.....