declara la EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL seguida en contra del ciudadano ABEL GREGORIO VETHENCOURT BALLESTERO, Venezolano, de 51 años de edad, cédula de identidad Nº 9.319.571, fecha de nacimiento 18/02/1965, natural de Dabajuro estado Falcón, de estado civil divorciado, de profesión u oficio Medico, hijo de Diana Vallestero (V) y Saúl Vethencourt (F), residenciado en: URBANIZACION EL RECREO, PARCELAMIENTO AGRICOLA CUCHARO, FLOR AMARILLO, ESTADO CARABOBO, teléfono: 0424-4699522, de conformidad con lo dispuesto en el ordinal 7° del artículo 49 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia, se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEL PRESENTE PROCESO PENAL, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 300, ordinal 3°, en relación con el artículo 46, ambos del Texto Adjetivo Penal