En orden a los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: SIN LUGAR la apelación interpuesta el 16 de Diciembre de 2005, por el ciudadano EMILIO ALEJANDRO RODRÍGUEZ VELASQUEZ, contra la sentencia dictada el 09 de Diciembre del 2005, por el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial.-
Queda en consecuencia confirmada la sentencia objeto de la presente apelación.
No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.
PUBLIQUESE Y REGÍSTRESE
DÉJESE COPIA DE LA PRESENTE DECISIÓN, Y REMÍTASE CON OFICIO EL PRESENTE EXPEDIENTE AL JUZGADO "A-QUO".