se declara INCOMPETENTE para conocer la presente acción de amparo constitucional ejercida contra la Fiscalía Vigésima Segunda del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial y DECLINA la Competencia para conocer en el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control N° 3 de este Circuito Judicial Penal. En consecuencia se acuerda la inmediata remisión de la presente acción en forma urgente al mencionado Juez de Control N° 3 por cuanto en ese juzgado cursa la causa en contra del mencionado accionante