En consideración de lo expuesto anteriormente, con fundamento en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, en Funciones de Juicio 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: Primero: Se declara con lugar la admisión de hechos efectuada por el ciudadano: Jesús Alberto Pérez, y en consecuencia se condena al ciudadano: Jesús Alberto Pérez, venezolano, natural de San Cristóbal, Estado Táchira, fecha de nacimiento: 30/11/1984, de 24 años de edad, soltero, profesión: Técnico en accesorios, hijo de: Ana Rosa Pérez, residenciado en: Casco de morón, callejón Junin, Edificio Gledimer, Piso 3, Morón, estado Carabobo, Teléfono: 0412-4740015, a cumplir la pena de tres (3) años de prisión por la comisión del delito de robo agravado de vehiculo automotor e.....