Este Tribunal Quinto de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara CON LUGAR la demanda intentada por los abogados VENEZUELA TALAVERA ESCALONA, ARGENTINA TALAVERA ESCALONA y ENDER VILORIA APARICIO, apoderados judiciales de la ciudadana SOFIA BURELLI de MACCALLINI y esta en representación de su cónyuge RODOLFO MACALLINI BALIBA, contra la Sociedad de Comercio GRUPO QUANTUM, S.A., ya identificados, quedando así resuelto el contrato de arrendamiento suscrito entre las partes. Se condena a la demandada a lo siguiente: a) Entregar el inmueble objeto del contrato; b) al pago de los cánones vencidos, que ascienden a la suma de Un millón ochocientos mil Bolívares (Bs.1.800.000,oo) y la restitución del inmueble antes referido; c) los intereses moratorios. En cuento a la indexación monetaria, la misma se.....