DECLARA CON LUGAR por resultar procedente de conformidad con los artículos 470 numeral 6, 473 y 475 todos del Código orgánico Procesal Penal, la solicitud de Revisión de Sentencia planteada por la Jueza Segunda en Funciones de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, Dra. Gloria Rey y por el Abogado Gilberto Ramón Ojeda Guirados, en su condición de defensor de los Ciudadanos: Gustavo Jiménez Mora y Mariela Josefina Velásquez de Jiménez, en relación a la penalidad impuesta en la sentencia proferida por el Tribunal Sexto en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha: 19 de septiembre del 2005. SEGUNDO: Se modifica la pena a impuesta a los precitados penados, luego de la revisión realizada a la misma; quedando en nueve (9) años de prisión, por ser autores materiales del delito de Trafico en la modalidad de Distribución, Ocultamiento y Trafico de las Sustancias o de sus materias primas, precursores, solvente y productos químicos esenciales, para la produc.....