Este JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR LA SOLICITUD DE REENGANCHE Y PAGO DE SALARIOS CAIDOS, interpuesta por el ciudadano HECTOR PEREZ, venezolano, titular de la cedula de identidad N°V- 9.636.346 contra La Empresa MERCAL, C.A. Se ordena el reenganche del Trabajador HECTOR PEREZ, titular de la cedula de identidad N° 9.636.346, a su puesto habitual de Trabajo y el consecuente pago de salarios caídos desde la fecha en que consta en autos la notificación de la demandada 12 de Febrero del año 2007, hasta la reincorporación definitiva del trabajador a su puesto habitual de trabajo, en base a un salario diario de Bs. 33.333,33, calculados en base al salario mensual de Bs.1.000.000,00, señalado por el accionante en su escrito libelar.