Por todos los razonamientos expuestos, esta Sala 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Declara CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por Los Fiscales Auxiliares Decimos Terceros del Ministerio Publico del estado Carabobo, contra la decisión dictada en fecha 02/08/2016 y publicada en fecha 04/08/2016 por el Tribunal Primero de Control de este Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, en el asunto signado bajo en N° GP01-P-2016-015133, mediante la cual se decreto MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD a la imputada LISBETH ANGELICA GONZALEZ ANTEQUERO, por la presunta comisión de los delitos de CONCUSION EN GRADO DE COMPLICIDAD, previsto y sancionado en el articulo 62 de la Ley Orgánica contra la Corrupción, concatenado con el articulo 83 del Código Penal y AGAVILLAMIENTO, previs.....