Es entendido que la relación de conceptos hecha en esta transacción no implica la obligación ni el reconocimiento de derecho o pago alguno a favor de ADAMS, ya que ADAMS expresamente conviene y reconoce que luego de esta transacción nada le corresponde ni tiene que reclamar a ALCAVE, ni a las COMPAÑIAS, por ninguno de dichos conceptos ni por ningún otro. En virtud de lo expuesto, por este medio ADAMS le otorga a ALCAVE, y a las COMPAÑIAS la más amplia y total liberación vinculada con el objeto de esta transacción, eximiéndolas de toda responsabilidad directa o indirectamente relacionada con las disposiciones legales y/o convencionales que existen sobre el trabajo, higiene y seguridad social, sin reserva de acción o derecho alguno que ejercitar en su contra.
SEXTA. JURAMENTO DE INEXISTENCIA DE RECLAMOS CONTRA ALCAVE: ADAMS asevera bajo fe de juramento, que no ha ejercido acción legal de especie alguna contra ALCAVE distinta a la del JUICIO al cual se le pone fin con esta transacció.....