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Decisiones del dia 11/10/2005

Formato:  Ficha  Lista

Paginas Ant 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 Sig [+10] [Total de sentencias: 112] Página 2 de 12
N° Expediente : 24690 N° Sentencia : Fecha: 11/10/2005
Procedimiento:
Cobro De Pretaciones Sociales
Partes:
NORIEGA AURA CONTRA ZARRAGA Y SIMOES, C.A
Resumen:
en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley DECRETA la PERENCION DE LA INSTANCIA EN LA PRESENTE CAUSA. Advierte este tribunal que en atención del contenido de los artículos 203 y 204 de la Ley Procesal especial, que en conjunto señalan: La presente demanda podrá volver a proponerse transcurrido como fueren noventa (90) días a contar de la fecha en que la presente decisión se encuentre definitivamente firme, no corriendo por tanto los lapsos de prescripción legalmente establecidos, no aplicándose por ende las consecuencias establecidas en el articulo 1962 del código civil; podrá el actor de autos proponer nuevamente la demanda. No hay condenatoria en costas por aplicación supletoria del artículo 283 del Código de Procedimiento Civil, aplicado analógicamente por disposición del artículo 11 de la LEY ORGANICA PROCESAL DEL TRABAJO. De conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el numeral 3º d.....
Juez/Ponente:
Odalis María Parada Marquez
Organo:
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo
arriba

N° Expediente : 24094 N° Sentencia : Fecha: 11/10/2005
Procedimiento:
Cobro De Pretaciones Sociales
Partes:
RÓMULO LINAREZ CONTRA VENEPAL, C.A
Resumen:
en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley DECRETA LA PERENCION DE LA INSTANCIA EN LA PRESENTE CAUSA. Este tribunal reitera el contenido de los artículos 203 y 204 de la Ley Procesal especial, que señalan: La presente demanda podrá volver a proponerse transcurrido como fueren noventa (90) días a contar de la fecha en que la presente decisión se encuentre definitivamente firme, no corriendo por tanto los lapsos de prescripción legalmente establecidos, no aplicándose por ende las consecuencias establecidas en el articulo 1972 del código civil. No hay condenatoria en costas de conformidad con el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil, el cual se aplica por analogía de conformidad con el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Déjese copia certificada de la presente decisión de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, la cual será expedida por la secretaria del tribunal con arreglo a la Ley Adjetiva Laboral.....
Juez/Ponente:
Odalis María Parada Marquez
Organo:
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo
arriba

N° Expediente : 24085 N° Sentencia : Fecha: 11/10/2005
Procedimiento:
Cobro De Pretaciones Sociales
Partes:
EDILIA RODRÍGUEZ CONTRA ADMINISTRADORA MERCA INMUEBLES, C.A
Resumen:
en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley DECRETA la PERENCION DE LA INSTANCIA EN LA PRESENTE CAUSA. Advierte este tribunal que en atención del contenido de los artículos 203 y 204 de la Ley Procesal especial, que en conjunto señalan: La presente demanda podrá volver a proponerse transcurrido como fueren noventa (90) días a contar de la fecha en que la presente decisión se encuentre definitivamente firme, no corriendo por tanto los lapsos de prescripción legalmente establecidos, no aplicándose por ende las consecuencias establecidas en el articulo 1962 del código civil; podrá el actor de autos proponer nuevamente la demanda. No hay condenatoria en costas por aplicación supletoria del artículo 283 del Código de Procedimiento Civil, aplicado analógicamente por disposición del artículo 11 de la LEY ORGANICA PROCESAL DEL TRABAJO. De conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el numeral 3º d.....
Juez/Ponente:
Odalis María Parada Marquez
Organo:
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo
arriba

N° Expediente : 23190 N° Sentencia : Fecha: 11/10/2005
Procedimiento:
Cobro De Pretaciones Sociales
Partes:
JOSE GREGORIO GUDIÑO
Resumen:
en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley DECRETA la PERENCION DE LA INSTANCIA EN LA PRESENTE CAUSA. Advierte este tribunal que en atención del contenido de los artículos 203 y 204 de la Ley Procesal especial, que en conjunto señalan: La presente demanda podrá volver a proponerse transcurrido como fueren noventa (90) días a contar de la fecha en que la presente decisión se encuentre definitivamente firme, no corriendo por tanto los lapsos de prescripción legalmente establecidos, no aplicándose por ende las consecuencias establecidas en el articulo 1962 del código civil; podrá el actor de autos proponer nuevamente la demanda. No hay condenatoria en costas por aplicación supletoria del artículo 283 del Código de Procedimiento Civil, aplicado analógicamente por disposición del artículo 11 de la LEY ORGANICA PROCESAL DEL TRABAJO. De conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el numeral 3º d.....
Juez/Ponente:
Omar José Martínez Sulbaran
Organo:
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo
arriba

N° Expediente : 14565 N° Sentencia : Fecha: 11/10/2005
Procedimiento:
Cobro De Pretaciones Sociales
Partes:
ELSY ARTEAGA
Resumen:
en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley DECRETA la PERENCION DE LA INSTANCIA EN LA PRESENTE CAUSA. Advierte este tribunal que en atención del contenido de los artículos 203 y 204 de la Ley Procesal especial, que en conjunto señalan: La presente demanda podrá volver a proponerse transcurrido como fueren noventa (90) días a contar de la fecha en que la presente decisión se encuentre definitivamente firme, no corriendo por tanto los lapsos de prescripción legalmente establecidos, no aplicándose por ende las consecuencias establecidas en el articulo 1962 del código civil; podrá el actor de autos proponer nuevamente la demanda. No hay condenatoria en costas por aplicación supletoria del artículo 283 del Código de Procedimiento Civil, aplicado analógicamente por disposición del artículo 11 de la LEY ORGANICA PROCESAL DEL TRABAJO. De conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el numeral 3º d.....
Juez/Ponente:
Omar José Martínez Sulbaran
Organo:
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo
arriba

N° Expediente : 12914 N° Sentencia : Fecha: 11/10/2005
Procedimiento:
Cobro De Pretaciones Sociales
Partes:
YSMAEL LANDAETA
Resumen:
en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley DECRETA la PERENCION DE LA INSTANCIA EN LA PRESENTE CAUSA. Advierte este tribunal que en atención del contenido de los artículos 203 y 204 de la Ley Procesal especial, que en conjunto señalan: La presente demanda podrá volver a proponerse transcurrido como fueren noventa (90) días a contar de la fecha en que la presente decisión se encuentre definitivamente firme, no corriendo por tanto los lapsos de prescripción legalmente establecidos, no aplicándose por ende las consecuencias establecidas en el articulo 1962 del código civil; podrá el actor de autos proponer nuevamente la demanda. No hay condenatoria en costas por aplicación supletoria del artículo 283 del Código de Procedimiento Civil, aplicado analógicamente por disposición del artículo 11 de la LEY ORGANICA PROCESAL DEL TRABAJO. De conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el numeral 3º .....
Juez/Ponente:
Omar José Martínez Sulbaran
Organo:
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo
arriba

N° Expediente : 14 N° Sentencia : Fecha: 11/10/2005
Procedimiento:
Cobro De Pretaciones Sociales
Partes:
NIERES VICENTE RAMÓN CONTRA VENEPAL, C.A
Resumen:
en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley DECRETA LA PERENCION DE LA INSTANCIA EN LA PRESENTE CAUSA. Este tribunal reitera el contenido de los artículos 203 y 204 de la Ley Procesal especial, que señalan: La presente demanda podrá volver a proponerse transcurrido como fueren noventa (90) días a contar de la fecha en que la presente decisión se encuentre definitivamente firme, no corriendo por tanto los lapsos de prescripción legalmente establecidos, no aplicándose por ende las consecuencias establecidas en el articulo 1972 del código civil. No hay condenatoria en costas de conformidad con el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil, el cual se aplica por analogía de conformidad con el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Déjese copia certificada de la presente decisión de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, la cual será expedida por la secretaria del tribunal con arreglo a la Ley Adjetiva Labora.....
Juez/Ponente:
Omar José Martínez Sulbaran
Organo:
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo
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N° Expediente : 06 N° Sentencia : Fecha: 11/10/2005
Procedimiento:
Cobro De Pretaciones Sociales
Partes:
DAVID ELISEO MATUTE CONTRA VENEPAL, C.A
Resumen:
en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley DECRETA LA PERENCION DE LA INSTANCIA EN LA PRESENTE CAUSA. Este tribunal reitera el contenido de los artículos 203 y 204 de la Ley Procesal especial, que señalan: La presente demanda podrá volver a proponerse transcurrido como fueren noventa (90) días a contar de la fecha en que la presente decisión se encuentre definitivamente firme, no corriendo por tanto los lapsos de prescripción legalmente establecidos, no aplicándose por ende las consecuencias establecidas en el articulo 1972 del código civil. No hay condenatoria en costas de conformidad con el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil, el cual se aplica por analogía de conformidad con el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Déjese copia certificada de la presente decisión de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, la cual será expedida por la secretaria del tribunal con arreglo a la Ley Adjetiva Laboral.....
Juez/Ponente:
Omar José Martínez Sulbaran
Organo:
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo
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N° Expediente : GP01-R-2005-000274 N° Sentencia : Fecha: 11/10/2005
Procedimiento:
Sin Lugar Apelacion
Partes:
IMPUTADO: WILMER SAJIR AYALA, FISCAL: MARIA ALEJANDRA RUFFO
Resumen:
DISPOSITIVA Por todos los razonamientos expuestos, esta Sala 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: Declara SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por la abogada MARIA ALEJANDRA RUFO, Fiscal Segundo del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, en contra de la decisión dictada por la Jueza N° 4 de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo.
Juez/Ponente:
Aura Cardenas Morales
Organo:
Corte de Apelaciones Sala Dos
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N° Expediente : GP02-R-2005-000615 N° Sentencia : GC012005000785 Fecha: 11/10/2005
Procedimiento:
Apelación
Partes:
WILLIAMS FERNÁNDEZ CONTRA TRANSPORTE
Resumen:
DESISTIDO EL RECURSO INTENTADO por la parte accionada y recurrente contra la sentencia dictada en fecha 01 de Febrero del año 2005, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, de conformidad con el artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, queda en estos términos confirmada la sentencia recurrida.
Juez/Ponente:
Bertha Fernandez
Organo:
Tribunal Superior Segundo del Trabajo
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