Se dicto decisiòn en la cual DECRETA LA EXTINCION DE LA PENA POR MUERTE, en la causa seguida en contra del ciudadano quien en vida respondiera a los siguientes datos de identificación: FABIAN EDUARDO MURILLO, venezolano, natural de Valencia estado Carabobo, de 30 años de edad, fecha de nacimiento 15/08/1983, titular de la cedula Nº V-22.508.947, hijo de Marlene Quintana (V) y José Eduardo Murillo (V), de profesión u oficio vigilante; en razón de extinción de la acción penal por muerte del imputado, según lo dispuesto en el artículo 103 del Código Penal, en concordancia con el artículo 49 numeral 1º del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal.