JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.- Mariara, 09 de Octubre de 2007. -
197º y 148º
Vista la anterior Solicitud, de fecha, 18 de Septiembre del presente año, presentada por el ciudadano: GREGORIO TOVAR DOMINGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº- V-323.222, debidamente asistido por la abogada MILAGROS BETANCOURT, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 86.918, contentiva de JUSTIFICATIVO DE TESTIGOS, Désele entrada y fórmese expediente, asígnesele número, háganse las anotaciones en los libros respectivos. Y por cuanto la misma no es contraria a derecho ni a ninguna disposición contraría de la ley. SE ADMITE, cuanto a lugar en derecho. Con relación a los testigos se declararan en el momento oportuno que la parte los presente.
El Juez Temporal
Dr. JOSÉ GREGORIO QUINTERO
La Secretaria Titular
Abg. MARIAJOSE BLANCHARD M.
En igual fecha .....